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Meta debe limitar el uso de Instagram y Facebook por parte de los adolescentes a 90 horas al mes

Un adolescente en una habitación a oscuras mirando un smartphone iluminado
ⓘ Towfiqu barbhuiya / Pexels
Imagen ilustrativa: entre las 22:00 y las 07:00, Meta ya no podrá enviar notificaciones push a menores.
Un tribunal de Nuevo México ha impuesto a Meta una multa de 567 millones de dólares y ha ordenado que se introduzcan cambios en Facebook e Instagram. Las cuentas de los usuarios menores de 18 años tendrán un límite máximo de 90 horas al mes en ambas aplicaciones, no recibirán notificaciones push durante la noche y se ocultará el recuento de «me gusta». La sentencia también establece límites en relación con los chatbots de inteligencia artificial de Meta.

Un tribunal de distrito de Santa Fe multó a Meta con 567 millones de dólares el 6 de agosto e impuso a Facebook e Instagram una serie de condiciones que tendrán una vigencia de cinco años. Junto con la multa de 375 millones de dólares que un jurado dictó en marzo, Meta debe ahora 942 millones de dólares. Si lo comparamos con unos beneficios empresariales para 2025 de aproximadamente 60 000 millones de dólares, no es una cifra muy elevada, y el precio de las acciones cayó menos de un 0,5 % en las operaciones fuera de horario. Lo más interesante son los cambios que se producirán en el producto.

90 horas al mes y silencio a partir de las 22:00 horas

El juez Bryan Biedscheid impuso un límite de uso fijo. Las cuentas de los usuarios menores de 18 años no podrán estar activas más de 90 horas al mes, contabilizadas de forma conjunta entre Facebook e Instagram. Esto supone algo menos de tres horas al día.

A ello se suma un periodo de silencio. Entre las 22:00 y las 07:00, todos los días de la semana, Meta no podrá enviar notificaciones push a los menores. Durante el curso escolar, la prohibición también se extiende de 08:00 a 15:00, excepto los fines de semana. Se siguen permitiendo los mensajes de los contactos y las alertas reales de seguridad o peligro.

La tercera medida se refiere al recuento de «Me gusta», es decir, el número de «Me gusta» visible públicamente debajo de una publicación. En las cuentas de usuarios menores de 18 años, Meta debe ocultarlos de forma predeterminada. Para volver a mostrarlos es necesario el consentimiento de los padres.

Los chatbots con IA también tienen restricciones

El tribunal prohíbe a los usuarios menores de 18 años de Nuevo México mantener conversaciones románticas o sexualizadas con los chatbots de Meta, y prohíbe a los adultos de ese estado participar en juegos de rol en los que una persona menor de 18 años aparezca de forma sexualizada. El razonamiento resulta incómodo para Meta. La empresa dedicó gran parte del juicio a explicar con qué destreza los adolescentes eluden sus propias medidas de seguridad, para luego mostrarse sorprendida cuando sus chatbots se encontraron precisamente con ese comportamiento. El grado de control que Meta ejerce sobre su IA ya quedó patente cuando la empresa comenzó a eliminar cuentas de Instagram de forma automática.

Por qué esto sienta un precedente

Meta había invocado la Sección 230, la disposición de la legislación estadounidense que exime a las plataformas de responsabilidad por los contenidos que publican sus usuarios. El tribunal no lo aceptó. El Estado, según sostuvo, no pretende que Meta responda por el contenido de terceros, sino por las consecuencias de sus propias decisiones de diseño. Por primera vez, una plataforma se ve obligada a responder por lo que ha creado, en lugar de por lo que otras personas publican en ella.

Los algoritmos, la reproducción automática y el desplazamiento infinito son un asunto aparte. El tribunal no dictó ninguna orden al respecto, a pesar de que califica dichas funciones de perjudiciales, ya que la Sección 230 sigue protegiendo a Meta en ese ámbito. WhatsApp queda totalmente al margen.

Lo que el juez se negó a ordenar

Biedscheid se negó a exigir una verificación real de la edad. La Ley de Protección de la Privacidad Infantil en Internet (COPPA, por sus siglas en inglés) prohíbe a Meta recopilar datos personales de menores o realizar un seguimiento pasivo de ellos, ni siquiera con el fin de comprobar su edad. Imponer tal obligación únicamente a Meta también sería injusto, escribió. Las normas de este tipo deben ser competencia de la legislatura y no de los tribunales, y señaló el ejemplo del Reino Unido, la Unión Europea y Australia, donde los parlamentos se han encargado de ello.

Las medidas se aplican únicamente a los usuarios de Nuevo México. La siguiente cuestión pendiente es cómo se supone que Meta debe identificarlos. Peter Ormerod, profesor de Derecho de la Universidad de Villanova, considera que una comprobación de las direcciones IP de Nuevo México es una solución suficientemente viable. La sentencia no establece ningún plazo de aplicación, y Meta ha anunciado que recurrirá la decisión. Al margen de todo esto, Instagram ya le permite decidir en qué medida Meta puede utilizar sus propias fotos para el entrenamiento de sus modelos.

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Steffen Zahn, 2026-08- 9 (Update: 2026-08- 9)